Los matrimonios homosexuales tendrán los mismos derechos de residencia en la UE que los heterosexuales, incluso en los países donde este tipo de uniones no sean legales. Así lo ha dictaminado este martes el Tribunal de Justicia de la UE. La decisión de los magistrados permitirá a las parejas gais en las que uno de los cónyuges es extracomunitario, mudarse a otro país de los Veintiocho sin restricciones, como ya pueden hacer los matrimonios entre hombre y mujer.
“Aunque los Estados miembros tienen libertad para autorizar o no el matrimonio homosexual, no pueden obstaculizar la libertad de residencia de un ciudadano de la Unión denegando a su cónyuge del mismo sexo, extracomunitario, la concesión un derecho de residencia”, ha concluido la Corte.
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